Con la aplicación de esta Ley 4/2023 del 28 de febrero de 2023 se quiere garantizar los derechos del colectivo LGTBI eliminado situaciones de discriminación. Por consiguiente, si eres una empresa de más de 50 personas trabajadoras deberás tener diagnosticadas, elaboradas e implementadas medidas de actuación en caso de atender situaciones de acoso o violencia contra las personas LGTBI. En cambio, si eres una empresa con una plantilla inferior a los 50 deberás adoptar medidas para la prevención y detección de situaciones para la prevención. Por el contrario, las empresas pueden exponerse a una sanción grave o muy grave en función de cada situación, además de cometer en sanciones recogidas en el art.46 bis. – Responsabilidades empresariales en materia de igualdad del RD 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y Sanciones en el Orden Social.
La entrada en vigor del Protocolo LGTBI prevé sanciones y multas
21 de febrero de 2024